Ayudas para la realización de estancias de investigación en centros de reconocido prestigio.
BASES
Objeto de las ayudas
El objeto de esta convocatoria es el contacto del profesorado del Centro con otros grupos de investigación nacionales e internacionales con el fin de promover el intercambio y comunicación entre científicos y la actualización de conocimientos del profesorado del Centro.
Requisitos de concesión
-. Se convocan ayudas para estancias breves en centros de investigación españoles o extranjeros.
-. La duración mínima de las estancias será de dos meses y la máxima de tres meses.
-. El centro de destino deberá estar ubicado fuera de la Comunidad Autónoma de Andalucía e implicar una residencia distinta del domicilio habitual y de la residencia familiar.
-. La concesión de las ayudas estará condicionada a la disponibilidad presupuestaria. Para el presente curso académico se establece un presupuesto global de 6.000 euros.Requisitos de los solicitantes
Podrán solicitar estas ayudas los profesores integrados en la plantilla del Centro que cumplan los siguientes requisitos:
3.- Desde el departamento se debe colaborar para que las elecciones de las asignaturas faciliten el que la estancia no afecte a la docencia.
1.- Disfrutar de un contrato indefinido, en régimen de dedicación plena o parcial.
2.- No haber disfrutado de esta misma ayuda en los últimos cinco cursos académicos a contar desde el día en el que se inició la estancia anterior y hasta el día de comienzo previsto para la que se solicita.Obligaciones de los beneficiarios
-. La aceptación de esta ayuda implicará el compromiso firmado de permanencia en el Centro durante los dos cursos académicos que le sigan al periodo de disfrute.
-. Los beneficiarios deberán acudir al centro de trabajo y desarrollar el proyecto para el que se le concedió la ayuda.Cuantía y derechos de las ayudas
-. Desde el correspondiente departamento se facilitará a los beneficiarios de esta ayuda la elección de las asignaturas para evitar la docencia durante la estancia.
-. La ayuda consistirá en las siguientes cantidades:
a) Estancia. La ayuda en concepto de estancia será de hasta 18,00 € por día para estancias en España y de hasta 25,00 € por día para estancias en el extranjero.
b) Viaje: desplazamientos en España hasta un máximo de 120,00 €. Desplazamientos en el extranjero hasta un máximo de 250,00 € cuando el lugar de destino sea un país de Europa; hasta un máximo de 750,00 € cuando el lugar de destino sea un país del resto del mundo.Presentación de solicitudes
-. La solicitud se acompañará de los siguientes documentos:
a) Acreditación de la aceptación del centro receptor.
b) Memoria justificativa (con una extensión máxima de 1000 palabras) que contenga: estado de desarrollo de la investigación en curso, objeto y duración de la estancia con fechas de comienzo y finalización, plan de trabajo, estimación del gasto, información sobre el centro receptor con relación al objeto de la estancia e idoneidad del mismo.
-. La solicitud se presentará en el Registro de la Secretaría del Centro dirigida a la dirección académica, en instancia normalizada.
-. Las solicitudes podrán ser presentadas en cualquier momento del curso académico.Periodos de disfrute
Las estancias se realizarán en el periodo previsto en la solicitud presentada, previa autorización del equipo directivo para la realización de la estancia.
Procedimiento de selección y adjudicación de las ayudas
Las fases de la convocatoria son:
-. Fase de Evaluación
Las solicitudes serán evaluadas y adjudicadas por una Comisión, formada por la dirección institucional, la dirección académica y la secretaría del Centro, que tendrá en cuenta los siguientes aspectos:
* El objeto de la estancia y proyecto a realizar, con relación al contenido del proyecto de la investigación en curso y la duración y plan de trabajo con relación a la situación del grado de desarrollo de la misma.
* La idoneidad y calidad del centro de destino, con relación al objeto de la estancia, a la mejora específica de la formación pre o postdoctoral y su internacionalización, el plan de trabajo y otras alternativas posibles.
* En primer lugar, se priorizarán estancias de estudiantes de doctorado que pretendan obtener el doctorado internacional y que no disfruten ni hayan obtenido cualquier otro tipo de ayuda para esta misma estancia o similares.
* En segundo lugar, tendrán preferencia en la adjudicación de esta ayuda los profesores doctores sin acreditación.
-. Fase de resolución
Se realizarán dos adjudicaciones por curso. Una vez resueltas las propuestas, la Comisión comunicará a los solicitantes la concesión o denegación de las ayudas, así como su cuantía.
-. Fase de aceptación de la ayuda
La dirección adjuntará junto a la resolución, el formulario de aceptación de la ayuda y de aceptación del compromiso de permanencia en el Centro.
Una vez concedida la ayuda, el solicitante dispondrá de un plazo de 10 días para aceptarla. La aceptación de la ayuda vendrá acompañada del compromiso firmado de permanencia en el Centro indicado en el apartado 4.1.Justificación
Una vez concluida la estancia y en el plazo de quince días contados desde el día siguiente a su regreso, los beneficiarios justificarán la realización de la misma. La justificación deberá presentarse en Registro dirigido a la dirección académica, acompañado de la siguiente documentación:
-. Certificación del responsable del grupo receptor en la que constará el día de inicio y el de finalización de la estancia.
-. Justificantes del gasto por desplazamiento desde el lugar de origen al centro receptor de la estancia breve y regreso.
-. Informe del trabajo realizado (con una extensión máxima de 1000 palabras).Incumplimiento de la normativa
-. Será motivo de reintegro total de la ayuda:
a) El incumplimiento del compromiso de permanencia en el Centro de dos cursos académicos establecido en el apartado 4.1 de la presente normativa
b) La no realización de la estancia
c) La no presentación de la justificación detallada en el anterior de la presente normativa.
-. Será motivo de devolución parcial de la ayuda concedida la presentación fuera de plazo de la justificación de la ayuda indicada en el apartado anterior de la presente normativa.